DUI and IID

Programa de Enclavamiento de Encendido




Descargo de responsabilidad: Este resumen fue preparado por el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de la Florida (FLHSMV) y debe usarse solo como referencia. Consulte el texto completo de las leyes a las que se hace referencia a continuación para obtener información legal completa.

La Sección 316.193 de los Estatutos de la Florida establece que los dispositivos de enclavamiento de encendido (IID) se instalen en los vehículos de ciertas personas condenadas por conducir bajo la influencia (DUI).

El programa IID afecta a los arrestados y condenados por DUI después del 1 de julio de 2002, al ser elegibles para el restablecimiento de una licencia de conducir permanente o restringida. El IID también se requiere cuando un conductor declarado culpable de DUI solicita una licencia restringida por motivos laborales o comerciales, según lo autorizado en la sección 322.271 de los Estatutos de la Florida.

Si una persona es elegible de otro modo, se emitirá una licencia de conducir con una restricción “P” que indica que se necesita un IID. El período de tiempo requerido para un IID comienza el día en que se emite la restricción “P”.

 

Proveedores de servicios de IID aprobados por FLHSMV

Los conductores que son requeridos a instalar un IID deben contactar a uno de los siguientes proveedores para su instalación. Los proveedores de servicios enumerados a continuación cumplen con los requisitos provistos en 15A-9.007, F.A.C., los Estándares de la Administración Nacional de Seguridad de Tráfico en Carreteras, y la sección 316.1938, Estatutos de la Florida.

El Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida (FLHSMV) siempre está explorando nuevas formas de mantener su misión de brindar seguridad vial y protección a través de la excelencia en el servicio, la educación y el cumplimiento.

En una encuesta reciente, FLHSMV descubrió que había una facción de individuos que completaron todos los requisitos de una condena por conducir bajo la influencia (DUI), con la excepción del requisito de instalar un dispositivo de bloqueo de encendido (IID). Se identificaron varias barreras, pero la más generalizada fue la incapacidad de afrontar financieramente los costos asociados con la instalación de un IID y el mantenimiento del IID durante el período de tiempo requerido.

En un esfuerzo por ayudar a los floridanos a cumplir con las normas y a tener permiso legal para conducir, FLHSMV y los siete proveedores de IID de Florida ofrecen descuentos para los servicios de IID a partir del 1 de septiembre de 2020. Cada IID ha establecido los criterios de elegibilidad, los descuentos y los términos proveedor y puede obtenerse comunicándose con cada proveedor directamente a los números de teléfono que se proporcionan a continuación.

Proveedor Contratado}Información del ContactoDispositivos Aprobados
Guardian Interlock800-499-0994
Sitio Web del Proveedor
Model #: AMS 2000
Alcohol Detection Systems (ADS)888-205-1834
Sitio Web del Proveedor
Determinator 2 DM-909
LifeSafer855-527-1598
Sitio Web del Proveedor
Model #: L250
Smart Start800-880-3394
Sitio Web del Proveedor
Model #: SSI 2030
RoadGuard Interlock (Services provided by Nationwide Interlock)
866-694-6099
Sitio Web del Proveedor
Model #: Draeger Interlock 7000
Low Cost Interlock, Inc844-276-0554
Sitio Web del Proveedor
Model #: LCI-777
Intoxalock844-612-3952
Sitio Web del Proveedor
Model #: 1001A
ALCOLOCK866-837-8646
Sitio Web del Proveedor
Model #: Alcolock LR
SkyFineUSA888-886-5016
Sitio Web del Proveedor
Model #: AT588

 

Requerimientos de informes judiciales

La mayoría de los tribunales informan electrónicamente las condenas por DUI al FLHSMV. La orden judicial debe reflejar tanto el momento de la suspensión como el requisito de IID. Verifique con el secretario del tribunal que los informes electrónicos del tribunal incluyen este requisito de IID.

 

Guías para Indigentes

Si el tribunal determina que la persona condenada no puede pagar la instalación del IID, el tribunal puede ordenar que una parte de la multa pagada por la persona por una violación de la sección 316.193 de los Estatutos de la Florida se asigne para sufragar el costo de la instalación del IID.

 

Cuando se requiere un IID

La Sección 316.193, Estatutos de la Florida, requiere que se instale un IID en el (los) vehículo (s) de ciertas personas condenadas por DUI, como se indica en el cuadro a continuación.

Condena de DUIEnclavamiento de Encendido Requerido
Primera condenaSi el tribunal ordenó
Primera condena si BAL es 0.15 o más, o hay un menor en el autoPor lo menos 6 meses
Segunda condenaPor lo menos 1 año
Segunda condena si BAL es 0.15 o más, o hay un menor en el autoPor lo menos 2 años
Tercera condenaPor lo menos 2 años
Cuatro o más condenas (Condición de licencia de dificultades)Por lo menos 5 años